Registro electrónico de jornada 2027: guía para empresas en México
Desde el 1 de enero de 2027 toda empresa debe registrar la jornada de forma electrónica. Qué exige la LFT, multas, prueba plena y checklist para cumplir.
César G. CavazosRevisado por Ricardo Castro Garza, Director Jurídico
- Desde el 1 de enero de 2027, toda empresa debe registrar de forma electrónica el inicio y el fin de la jornada de cada trabajador (LFT, art. 132, fr. XXXIV).
- No exige un aparato específico: puede ser en línea, por WhatsApp o en tableta, siempre que no se pueda alterar sin dejar huella.
- El registro hace prueba plena en juicio solo si se acredita que fue acordado con el trabajador.
- Multa por no llevarlo: 250 a 5,000 UMA, de $29,327 a $586,550 con la UMA 2026.
Respuesta corta: desde el 1 de enero de 2027, toda empresa en México debe registrar de forma electrónica la hora de inicio y de fin de la jornada de cada trabajador, y entregar ese registro a la autoridad cuando lo pida (LFT, art. 132, fr. XXXIV). No exige un aparato específico. El registro hace prueba plena en juicio solo si se acredita que fue acordado con el trabajador.
Fundamento
- Ley Federal del Trabajo, art. 132, fracción XXXIV, adicionada por decreto publicado en el DOF el 1 de mayo de 2026.
- Transitorio quinto del decreto: las disposiciones generales de la STPS entran en vigor el 1 de enero de 2027.
- Multa: 250 a 5,000 UMA (LFT, art. 994, fr. IV Bis). Con la UMA 2026 ($117.31): $29,327 a $586,550. La sanción la determina la autoridad.
En esta guía
- Qué es el registro electrónico de jornada
- Desde cuándo es obligatorio
- A qué empresas y trabajadores aplica
- Qué debe registrar
- ¿Hay que comprar un reloj checador?
- ¿Sirve un Excel o una lista en papel?
- La prueba plena: la parte que casi nadie leyó
- Multas y exposición
- Jornada de 46 horas y horas extra en 2027
- Biometría, ubicación y datos personales
- Qué falta: los lineamientos de la STPS
- Checklist para llegar al 1 de enero
- Preguntas frecuentes
¿Qué es el registro electrónico de jornada?
Es la nueva obligación patronal de registrar, por medios electrónicos, cuándo empieza y cuándo termina la jornada de cada persona trabajadora. La ley lo llama “registro electrónico”; en el día a día se le dice reloj checador.
La fracción XXXIV del artículo 132 de la LFT tiene tres partes:
- La obligación: registrar de manera electrónica la jornada de cada persona trabajadora, con su horario de inicio y finalización, y proporcionarlo a la autoridad cuando lo requiera.
- Las reglas pendientes: la STPS emitirá disposiciones de carácter general sobre el ámbito de aplicación y las excepciones.
- El valor de prueba: el contenido del registro hará prueba plena si se acredita que fue acordado entre la persona trabajadora y la empleadora.
La primera parte dice qué hacer. La tercera dice cuándo sirve para defenderte. Esa diferencia es el centro de esta guía.
¿Desde cuándo es obligatorio el registro electrónico de jornada?
Es exigible desde el 1 de enero de 2027. El decreto ya está vigente desde el 1 de mayo de 2026, y dejó lo que resta de 2026 como periodo para que empresas y trabajadores ajusten sus procesos.
| Fecha | Qué pasa | Fundamento |
|---|---|---|
| 3 mar 2026 | Reforma al art. 123 constitucional: jornada de 40 horas | DOF 3-mar-2026 |
| 1 may 2026 | Entra en vigor la reforma a la LFT; nace la fr. XXXIV del art. 132 | Decreto DOF 1-may-2026, transitorio primero |
| 1 may – 31 dic 2026 | Periodo de ajuste de procesos | Transitorio tercero |
| Oct 2026 (esperado) | La STPS publica sus disposiciones generales | Art. 132, fr. XXXIV, segundo párrafo |
| 1 ene 2027 | Entran en vigor las disposiciones del registro; la jornada máxima baja a 46 horas | Transitorios quinto y segundo |
| 2028 → 2030 | La jornada baja a 44, 42 y 40 horas | Transitorio segundo |
Si activas tu registro hoy, llegas al 1 de enero con casi tres meses de marcas y con el acuerdo firmado por cada trabajador. Si lo activas el 31 de diciembre, llegas con un aparato recién instalado.
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¿A qué empresas y trabajadores aplica?
La ley habla de “cada persona trabajadora”, sin distinguir tamaño de empresa ni tipo de puesto. Lo que puede acotarlo son las disposiciones de la STPS, que definirán el ámbito de aplicación y las excepciones.
Lo que sabemos al 5 de octubre de 2026:
- La STPS anticipó una implementación gradual de los lineamientos, empezando por grandes y medianas empresas (El Economista, vía Yahoo). No está publicado; es una declaración, no una regla.
- Mientras no haya excepciones publicadas, incluye a todos: personal operativo, administrativo, de confianza, en ruta, en campo y en home office.
- Cada centro de trabajo cuenta. Si tienes planta, oficina y sucursales, el registro tiene que funcionar en todas, con la forma de checar que le sirva a cada una.
Recomendación práctica: no esperes la excepción. Si al final tu empresa o un grupo de puestos queda fuera, tendrás un registro de más. Si no queda fuera y no lo tienes, tendrás un problema el 1 de enero.
¿Qué debe registrar?
El mínimo legal son dos datos por persona y por día: hora de inicio y hora de fin. Todo lo demás depende de tu acuerdo con los trabajadores y de los lineamientos.
| Dato | ¿Lo pide la ley? | ¿Por qué conviene registrarlo? |
|---|---|---|
| Hora de inicio | Sí | Mínimo legal |
| Hora de fin | Sí | Sin salida no hay forma de calcular la jornada |
| Identidad de quien checa | Implícito (“cada persona trabajadora”) | Que nadie cheque por otro |
| Comida o descansos | Si tu acuerdo lo contempla | Distinguir tiempo efectivo de trabajo |
| Horas extra | Se derivan del registro | Probar cuánto se trabajó y cuánto se pagó |
| Correcciones | No lo dice | Un olvido corregido sin rastro debilita la prueba |
| Centro de trabajo | No lo dice | Entregar el registro por centro cuando lo pidan |
Un error común: configurar el sistema para que “cuadre” con el horario del contrato. El registro debe reflejar la jornada real. Si la gente trabaja 50 horas y el sistema dice 48, la evidencia juega en tu contra.
¿Hay que comprar un reloj checador?
No. La ley pide un registro electrónico, no un aparato. La STPS declaró que sus lineamientos no impondrán una tecnología específica (El Economista, vía Yahoo).
Lo que importa es que el registro sea electrónico, identifique a cada trabajador, se pueda entregar a la autoridad y no se pueda alterar sin dejar huella.
| Forma de checar | Para quién funciona | A cuidar |
|---|---|---|
| En línea (celular o computadora, con enlace y NIP) | Oficina, home office, ventas en ruta | Que nadie cheque con la cuenta de otro |
| WhatsApp (“Llegué” / “Me voy”) | Cuadrillas, talleres, comercio, servicios | Número registrado en la plantilla |
| Tableta en sitio (gafete o número de empleado) | Planta, obra, tienda, hospital; gente sin celular | Una tableta por acceso |
| Reloj de huella | Plantas con un solo acceso | La huella es un dato sensible (ver abajo) y el software suele permitir editar en Excel |
La mayoría de las empresas necesita combinar dos o más formas: la planta checa en tableta y los vendedores por WhatsApp. Lo importante es que todo caiga en un solo registro.
¿Sirve un Excel o una lista en papel?
Para 2027, no. La lista en papel y la foto del cuaderno no son registros electrónicos. El Excel sí es electrónico, pero cualquiera puede cambiar una celda después, sin que quede rastro.
El problema no es solo la multa. En un juicio, el patrón tiene la carga de probar la jornada (LFT, arts. 784 y 804). Un archivo que se puede editar sin huella es difícil de sostener frente a un perito. Lo vemos en la siguiente sección.
La prueba plena: la parte que casi nadie leyó
La ley pide registrar. Un juicio pide probar. El tercer párrafo de la fracción XXXIV dice que el registro hace prueba plena si se acredita que fue acordado entre el trabajador y la empresa. Sin ese acuerdo, tienes datos, no prueba.
Imagina tres empresas con el mismo juicio por horas extra a partir de 2027:
| Escenario | Qué pasa en el juicio | Fundamento |
|---|---|---|
| Sin registro electrónico | Se presumen ciertos los hechos que alega el trabajador, además de la multa por no registrar | LFT, arts. 784, 804 y 805 |
| Registro sin acuerdo | Es una prueba electrónica más: hay que sostenerla, normalmente con peritos que revisen su integridad | LFT, arts. 836-A a 836-D |
| Registro acordado | La ley le da valor de prueba plena, siempre que se acredite el acuerdo | LFT, art. 132, fr. XXXIV, tercer párrafo |
¿Cómo se acredita el acuerdo?
La ley no dice el formato. En la práctica, lo que mejor lo sostiene es:
- Un acuerdo por escrito con cada trabajador sobre cómo se registra la jornada, firmado antes de empezar a usar el sistema.
- Un recibo periódico (por ejemplo, semanal) con entradas, salidas y horas, que el trabajador firma o en el que anota su desacuerdo.
- Correcciones con rastro: si alguien olvidó checar, la corrección lleva la firma del trabajador y la de su jefe, y el original sigue visible.
- Integridad verificable: que se pueda demostrar que ninguna marca cambió desde que se generó.
¿Cuánto tiempo hay que conservarlo?
El artículo 804 obliga a conservar los controles de asistencia durante el último año y hasta un año después de que termina la relación laboral. Si un trabajador demanda en 2028 por horas de 2027, ese registro tiene que existir y estar íntegro.
Multas por no llevar el registro electrónico de jornada
No son cifras para asustar: son los rangos que fija la ley. La autoridad decide la sanción según la gravedad y la capacidad económica de la empresa.
| Infracción | Rango en UMA | Con UMA 2026 ($117.31) | Fundamento |
|---|---|---|---|
| No llevar el registro electrónico de jornada | 250 a 5,000 | $29,327 a $586,550 | LFT, art. 994, fr. IV Bis |
| Exceder la jornada máxima | 50 a 5,000 | $5,866 a $586,550 | LFT |
| No pagar correctamente las horas extra | 250 a 5,000 | $29,327 a $586,550 | LFT |
Tres reglas pueden multiplicar la exposición (LFT, art. 992):
- Si la violación afecta a cada trabajador de forma individual, la multa puede aplicarse por cada trabajador afectado.
- Se duplica si hay reincidencia dentro de dos años.
- Se toma en cuenta la gravedad y la capacidad económica.
Y la multa no es lo único. La STPS programó 38,455 inspecciones para 2026, y la reducción de jornada es una de sus prioridades. Además, el riesgo más caro suele estar en los juicios: sin registro, se presumen ciertas las horas que reclama el trabajador.
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Jornada de 46 horas y horas extra en 2027
El mismo 1 de enero de 2027 arranca la reducción gradual de la jornada. El salario y las prestaciones no pueden bajar por la reducción.
| Año | Jornada máxima semanal |
|---|---|
| 2026 | 48 horas |
| 2027 | 46 horas |
| 2028 | 44 horas |
| 2029 | 42 horas |
| 2030 | 40 horas |
Qué implica para el registro:
- Cada hora por encima de la jornada es extra. Con 46 horas, una semana que antes era ordinaria puede generar 2 horas extra.
- Los topes de horas extra también cambian año con año. Para 2027 el tope es de 9 horas por semana, y la jornada ordinaria más la extraordinaria no puede pasar de 12 horas en un día.
- Turnos y contratos. Hay que revisar horarios, rol de turnos, contratos individuales y reglamento interior que digan “48 horas”.
El registro electrónico es lo que convierte esas cuentas en algo que puedes demostrar.
Biometría, ubicación y datos personales
La ley de jornada no exige huella ni reconocimiento facial. Si los usas, entra en juego la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, vigente desde el 21 de marzo de 2025.
- Los datos biométricos son datos sensibles. Requieren aviso de privacidad y consentimiento expreso.
- Las multas van de 100 a 320,000 UMA y se duplican cuando hay datos sensibles. La autoridad hoy es la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
- La ubicación no debe convertirse en vigilancia. Basta con guardar dónde se hizo la marca, en ese momento.
La forma más segura: biometría opcional, con consentimiento por escrito y una alternativa (NIP o gafete) para quien no quiera usarla.
Qué falta: los lineamientos de la STPS
Al 5 de octubre de 2026, la STPS no ha publicado las disposiciones generales del registro electrónico de jornada. Se esperaban en octubre. Cuando salgan, actualizaremos esta guía el mismo día.
Lo que deberán definir:
- A quién aplica y desde cuándo, incluida la posible gradualidad por tamaño de empresa.
- Excepciones para trabajos de naturaleza especial.
- Condiciones del registro: qué datos, cómo se conserva y cómo se entrega a la autoridad.
Lo que ya se adelantó: no habrá una tecnología obligatoria. Por eso no tiene sentido esperar los lineamientos para empezar. La obligación base, la multa y la regla de prueba plena ya están en la ley.
Checklist: cómo llegar al 1 de enero con el registro listo
- Haz el inventario. Cuántos trabajadores, en qué centros, en qué turnos y cuántos sin celular.
- Mide la jornada real. Compara dos semanas de registros actuales contra los contratos. Ahí aparecen las horas extra que nadie registra.
- Elige cómo checa cada centro. En línea, WhatsApp, tableta o una combinación, todo en un solo registro.
- Firma el acuerdo con cada trabajador. Es la condición de la prueba plena. Que lo redacte alguien con criterio legal.
- Actualiza contratos y reglamento interior. Jornada de 46 horas, mecanismo de registro y cómo se corrigen las incidencias.
- Cuida los datos personales. Aviso de privacidad y, si usas biometría, consentimiento por escrito con alternativa.
- Corre un piloto en octubre o noviembre. Corrige errores mientras todavía no es exigible.
- Arma el expediente. Registro por centro y periodo, recibos firmados, correcciones y acuerdo, listos para entregar en un clic.
Cómo lo resuelve Audantra: Jornada
Otros te venden un reloj. Jornada te da la prueba.
| Tú | Audantra | Tu prueba |
|---|---|---|
| Eliges cómo checa cada centro, apruebas correcciones y descargas el expediente cuando te lo piden | Redacta el acuerdo, envía los recibos semanales, persigue a quien no ha firmado y cierra cada día | El expediente de Jornada, por centro y periodo, en la misma carpeta de tu Defense File |
- Tres formas de checar en un solo registro: en línea, WhatsApp y tableta en sitio.
- Verificación facial y geolocalización opcionales, con consentimiento.
- Cada marca lleva una huella encadenada a la anterior; correcciones con dos firmas, sin borrar el original.
- Se conecta a tu nómina: exporta las horas, no la reemplaza.
- Gratis hasta el 1 de enero de 2027, sin tarjeta. Al activarlo recibes tu cotización para después.
Audantra te deja listo y con la prueba para defenderte. Nadie puede garantizar que no habrá multa: desconfía de quien lo prometa.
Preguntas frecuentes sobre el registro electrónico de jornada
¿El registro electrónico de jornada es obligatorio para todas las empresas?
La ley lo pide para cada persona trabajadora desde el 1 de enero de 2027 (LFT, art. 132, fr. XXXIV). La STPS definirá el ámbito y las excepciones en sus lineamientos, todavía no publicados al 5 de octubre de 2026.
¿Qué artículo de la LFT obliga a llevar el registro?
El artículo 132, fracción XXXIV, adicionado por el decreto publicado en el DOF el 1 de mayo de 2026.
¿Cuál es la multa por no tener reloj checador?
De 250 a 5,000 UMA, es decir, de $29,327 a $586,550 con la UMA 2026 (LFT, art. 994, fr. IV Bis). Puede aplicarse por trabajador afectado y duplicarse por reincidencia. La sanción la determina la autoridad.
¿Tengo que comprar un reloj checador de huella?
No. La ley pide un registro electrónico, no un aparato. Puede ser en línea, por WhatsApp o con tableta.
¿El personal de confianza también debe registrar su jornada?
Mientras la STPS no publique excepciones, lo prudente es incluirlo. La fracción XXXIV habla de cada persona trabajadora.
¿Mi registro de jornada sirve como prueba en un juicio?
Hace prueba plena si se acredita que fue acordado entre el trabajador y la empresa. Sin acuerdo, es una prueba electrónica más que hay que sostener.
¿Puedo seguir usando Excel o listas en papel?
El papel no es un registro electrónico. El Excel lo es, pero se puede editar sin dejar rastro, lo que debilita su valor como prueba.
¿Cuánto tiempo debo conservar el registro?
Los controles de asistencia se conservan durante el último año y hasta un año después de terminada la relación laboral (LFT, art. 804).
Información general con base en la legislación vigente al 5 de octubre de 2026. No sustituye la asesoría legal de tu caso.
Fuentes: Decreto de reforma a la LFT, DOF 1-may-2026 · STPS · INEGI, UMA 2026
Este artículo es información general, no asesoría para tu caso.

